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Subdirección Académica



OBJETIVO: Coordinar y controlar las actividades de docencia de las licenciaturas que oferta la Facultad, sobre proyectos de producción académica, planes y programas de estudio, programas de superación y actualización docente, así como la promoción de acciones para el diseño y actualización de los currícula de licenciatura.

FUNCIONES:

• Acordar con el Director los asuntos de su competencia.
• Fungir como Secretario de los Consejos de Gobierno y Académico de la Facultad, asistiendo a las sesiones con voz pero sin voto.
• Sustituir al Director sus ausencias. en términos de la legislación universitaria.
• Presidir los Consejos de Gobierno y Académico en caso de ausencia del Director.
• Planear, operar y evaluar los programas de docencia, investigación, difusión y extensión con enfoques académicos.
• Supervisar las actividades del área de control escolar.
• Auxiliar al Director en la atención de otros asuntos académicos.
• Coordinar las actividades concernientes a la evaluación profesional.
• Planear, dirigir y controlar el funcionamiento y actividades de las coordinaciones, departamentos y áreas de su responsabilidad, con base en los programas de trabajo derivados del Plan de Desarrollo de la Facultad.
• Evaluar de acuerdo a las normas y lineamientos establecidos el proceso docente de estudios profesionales.
• Coordinar la realización de los estudios de factibilidad; programas de instrumentación; objetivos de las unidades de aprendizaje ó asignaturas del plan de estudios y programas de estudio para la aprobación de programas educativos de nueva creación ó la modificación de los mismos.
• Emitir las convocatorias de las sesiones de Consejo de Gobierno y Académico previo acuerdo del Presidente.
• Supervisar el desarrollo del proceso de apreciación estudiantil acorde a los lineamientos establecidos para tal efecto.
• Supervisar la elaboración del calendario interno de exámenes parciales, ordinarios, extraordinarios y a título de suficiencia, a fin de someterlo a la aprobación de los Consejos Académico y de Gobierno.
• Coordinar las acciones referentes a la elaboración, evaluación y reestructuración de los planes y programas de estudio de las licenciaturas que oferta la Facultad. Coordinar y desarrollar proyectos de vinculación académicas con instancias internas y externas a la Institución.
• Coordinar la integración de la plantilla del personal docente de asignatura conforme a los lineamientos establecidos para las licenciaturas que se ofertan.
• Formular los proyectos de programas relativos a la docencia de nivel licenciatura.
• Controlar y verificar que los planes y programas de estudio de las Instituciones Incorporadas sean acordes a los de la Facultad y cumplan con los lineamientos de incorporación vigente en la UAEM.
• Promover y dirigir el desarrollo de los programas de superación y actualización del personal docente que se realicen en la Facultad de acuerdo a los lineamientos establecidos.
• Atender y dar seguimiento a los acuerdos y dictámenes de los asuntos de la Facultad a partir de la Secretaría del Consejo Académico y de Gobierno.
• Aplicar y hacer cumplir en la Facultad todos los ordenamientos legales, que expidan y aprueben el Consejo Universitario, de Gobierno y Académico.
• Revisar y validar la información que se remite periódicamente a la Dirección, así como la relativa al avance de sus actividades incorporadas en el Programa Operativo Anual (POA) y al Plan de Desarrollo de la Facultad.
• Coordinar y supervisar las actividades de operación y mantenimiento de los procesos del Sistema de Gestión de la Calidad que tenga bajo su responsabilidad. Desarrollar las funciones inherentes al ámbito de su competencia.

La Subdirección Académica está a cargo de:

Mtro. en P.S. Saúl Urcid Velarde

email: saulurcid@yahoo.com.mx / surcidv@uaemex.mx
Teléfono: 272 00 76 ext. 109
Estamos en el edificio “A”, de la facultad.

Con los siguientes colaboradores:


Mtro. Alfonso Archundia Mercado: Apoyo docente
Mtro. Ramón Carlos Dacomba Sánchez : Transparencia y asuntos legales
Mtra. Mónica Rodríguez Villafuerte: Movilidad estudiantil nacional e internacional
Mitzi Citlalli Arce Rodríguez Asistente
Lilia Castañeda García: Apoyo secretarial

¿Qué es el Consejo Académico y de Gobierno?

Según el Artículo 25 de la Ley de la Universidad Autónoma del Estado de México, el Consejo de Gobierno de cada Organismo Académico y de cada plantel de la Escuela Preparatoria, es el órgano colegiado de mayor autoridad y jerarquía interior, siendo sus resoluciones de observancia obligatoria para éste y los integrantes de su comunidad. Este se integrará por: Consejeros Ex-oficio, que son el Director y los Consejeros ante el Consejo Universitario; y Consejeros Electos, que son los representantes del personal académico, los representantes de los alumnos y el representante de los trabajadores administrativos, del Organismo Académico o plantel de la Escuela Preparatoria correspondiente.

Según el Artículo 93 del Estatuto Universitario de la UAEM, el Consejo Académico de cada Organismo Académico, Centro Universitario o de cada Plantel de la Escuela Preparatoria tiene las siguientes facultades:

I. Opinar o dictaminar sobre los asuntos académicos que le sean presentados por los órganos de gobierno y académicos de la Universidad o del Organismo, Centro o Plantel.

II. Proponer al Consejo de Gobierno el establecimiento, modificación o supresión de proyectos e iniciativas; así como, políticas, estrategias, planes, programas u otros instrumentos de ordenación académica.



III. Emitir criterios u otros instrumentos para el establecimiento, desarrollo y evaluación de los procesos de enseñanza-aprendizaje, programas y proyectos de investigación y demás aspectos de la materia que no correspondan a otra autoridad universitaria.

IV. Dictaminar sobre propuestas de ingreso, promoción y permanencia del personal académico, para someterlas, a través del Director, a la resolución del Consejo de Gobierno.

V. Evaluar y dictaminar sobre el estado académico del Organismo, Centro o Plantel, acordando lo conducente.

VI. Evaluar y dictaminar criterios y procedimientos, y proponer al Consejo de Gobierno, alternativas de solución a casos, sobre el ingreso, permanencia y promoción, y egreso de alumnos y las demás que le confiera la legislación universitaria.

VII. Las demás que le confiera la legislación universitaria.

Según el Artículo 94 del Estatuto Universitario, el Consejo Académico de cada Organismo Académico, Centro Universitario o de cada Plantel de la Escuela Preparatoria se integra por: El Director, los Presidentes de cada una de las Áreas de Docencia, los Jefes de cada una de las Áreas de Investigación. Participarán con voz pero sin voto, las personas que el Consejo o su Presidente consideren conveniente, siendo obligatoria la de aquellos que tienen a su cargo la coordinación de los planes de estudios profesionales, maestría o doctorado en operación. Se exceptúan a los Órganos Académicos y Centros Universitarios que imparten más de dos programas académicos, los cuales atenderán a su reglamentación interna.